A LA COMUNIDAD ODONTOLÓGICA

Desde los Colegios de odontólogos de la provincia de Bs. As. y frente a la situación de aislamiento social obligatorio decretada el pasado 19 de Marzo por el presidente de la Nación DNU 297/PEN/20, en el marco de la emergencia sanitaria y pautas de cumplimiento dispuestas por los estamentos gubernamentales de diverso tenor (Res. 2020-393-GDEBA- MSALGP, Res. 2020-394-GDEA-MSALGP y Dec. 2020-132-GDBA) es que este organismo dispone los lineamientos que deberán cumplir y respetar los odontólogos que estén atendiendo tanto en el ámbito público como privado matriculados en la provincia de Buenos Aires.

 Los elementos de bioseguridad obligatorios dispuesto por el Ministerio de Salud de la Provincia (descargar protocolo) con los que debe contar cualquier profesional odontólogo son:

  • Mascarilla n95
  • Gafas protectoras
  • Camisolín descartable
  • Cofia
  • Botas cubrecalzado

Tanto los jefes de servicio como los odontólogos que presten servicios en ámbitos privado y/o público, deben garantizar la seguridad de los profesionales odontólogos y la comunidad toda, limitando la atención presencial a las  consultas de emergencia; con la consecuente suspensión de los turnos de prácticas programadas que no ameriten una atención inmediata.

Quienes no cuenten con estos insumos no podrán tener contacto con ninguna persona que solicite atención, postergando la misma hasta que se cuenten con las medidas de bioseguridad.

Es importante resaltar que es la odontología la profesión de mayor riesgo de exposición a esta enfermedad debido a que el equipamiento utilizado en nuestra práctica genera aerosoles contaminantes que no se pueden controlar y que la atención se realiza a  menos de un metro de distancia.

Para garantizar la seguridad de los profesionales odontólogos y la comunidad toda, la atención DEBE limitarse a consultas de EMERGENCIA,  con la consecuente suspensión de los turnos de prácticas programadas que no ameriten una atención inmediata .Entendemos que todos los profesionales odontólogos (que no estén alcanzados por los grupos de riesgo), como profesionales de la salud, y en la medida que estén garantizadas las normas de bioseguridad, estaremos a disposición  para prestar asistencia presencial en casos urgentes para colaborar con la contención del sistema de salud y evitar el colapso de la guardia médica y la circulación de personas.

Si el servicio no cuenta con los elementos de bioseguridad adecuados se debe postergar  la atención hasta que cuente con los insumos mencionados anteriormente y disponer de  un número telefónico de contacto para evacuar las consultas y de esta forma contener la demanda.

Para garantizar el cumplimiento de los dispuesto en el presente y proteger a nuestros matriculados y a la comunidad toda, dispondremos de canales de recepción de denuncias para aquellos casos en los que  el centro de salud, hospital, clínica o consultorio odontológico no garantizara los elementos indispensables para una atención segura  poniendo en riesgo a la sociedad toda, y a fin de cursar las acciones legales que correspondan.

Se estimará como EMERGENCIA

*Dolor agudo

*Trauma

*Infección

Asimismo, se recomienda:

* Instar a la consulta telefónica en primera instancia para evaluar la patología y, en la medida de lo posible, ir evacuando dudas y limitando la asistencia presencial al servicio.

*En los casos en que la atención sea necesaria y siempre extremando las medidas de bioseguridad propuestas, evitar el uso de instrumental rotatorio.

* Evaluar en casos específicos la conducta que minimice el riesgo de contagio ,por ejemplo , ante una pulpitis abscedosa considerar la exodoncia para evitar la diseminación del virus y disminuir la bacteriemia.

CONSIDERAMOS ELEMENTAL LA EXISTENCIA DE UNA GUARDIA ODONTOLÓGICA RESPONSABLE, QUE NO EXPONGA   A LOS PROFESIONALES ODONTÓLOGOS Y A LA COMUNIDAD DE MANERA IRRACIONAL E INDEBIDA Y QUE COLABORE   EN CONTENER LA DEMANDA PARA NO COLAPSAR LOS SERVICIOS DE GUARDIA MEDICA  EN ESTE DELICADO MOMENTO Y EVITAR LA CIRCULACIÓN DE LAS PERSONAS.

Mesa Directiva Colegio de Odontólogos de la provincia de Buenos Aires – Distrito IV.